El Régimen Local de Iniciativa Privada es un marco institucional normado por la Ordenanza N° 4.404 y su Decreto Reglamentario N° 19.875, orientado a promover la participación activa de los particulares, empresas e instituciones en el desarrollo económico, social e infraestructural de la ciudad.
Este régimen permite a los privados presentar propuestas y proyectos de obras o servicios de interés público, garantizando la transparencia, la seguridad jurídica, la libre competencia y la correcta evaluación técnica, económica y financiera de cada iniciativa.
La presentación puede estar dada en el marco de una convocatoria municipal o espontáneamente por el privado. Las propuestas deben iniciarse por Mesa de Entrada de la Municipalidad en formato papel, completando el Formulario oficial de presentación de proyectos.
La Secretaría de Planeamiento y Proyectos, actúa como Autoridad de aplicación, articulando con las áreas técnicas, jurídica y de hacienda para evaluar factibilidad, impacto y conveniencia para el interés público municipal.
Los proyectos técnicamente viables y convenientes son elevados al Departamento Ejecutivo para su evaluación y posterior Declaración de Interés Municipal. Declarado el interés público, el Municipio convoca al procedimiento de contratación/licitación correspondiente conforme a la normativa vigente, reconociendo los derechos y preferencias previstos en la Ordenanza N° 4.404 para promoción de la iniciativa.
Normativa:
Ordenanza N° 4404
Reglamento Régimen local de iniciativa privada
Presentación de proyectos:
Formulario oficial de presentación de proyectos
